IMPLACABLE: "En los casos ebriedad, no vamos a otorgar el principio de oportunidad"-Mira el video

GENERAL PICO: Esta mañana asumió el Dr. Hernán Cecotti como Fiscal Sustituto de Delitos Culposos, en dialogo con En Boca de Todos HD...
jueves, 23 de marzo de 2017 · 12:17

Esta mañana asumió el Dr. Hernán Cecotti como Fiscal Sustituto de Delitos Culposos, en dialogo con En Boca de Todos HD se refirió a diferentes temas importantes-Mira el video

 El Lic. Pablo Fuentes será parte del equipo de Fiscalía, acompañando al Dr. Cecotti, con quien ya trabajaron en diferentes casos.

PICADAS EN LA BRUNENGO:

"Tenemos la facultad de hacer operativos, vamos a perseguir y proseguir con la acción penal, investigando el delito respectivo".


 

DELITOS CULPOSOS: 

Ya al hablar de "ACCIDENTE DE TRÁNSITO”, podemos advertir que, precisamente por tratarse de un accidente, en principio, nos encontraríamos ante un suceso no querido; en otras palabras ante una figura culposa.

La característica esencial del delito culposo es que la finalidad del sujeto no coincide con el resultado obtenido. En otras palabras, el autor no deseó provocar el resultado obtenido.

Teniendo en cuenta la falta de coincidencia entre la finalidad del sujeto y el resultado ocasionado, el fundamento del reproche penal se basa en que el hecho fue consecuencia de una infracción al deber  de cuidado.

La conclusión precedente nos permite desmembrar los tres elementos básicos que deben presentarse en una conducta culposa.

Por un lado tenemos la infracción al deber de cuidado, por el otro el resultado típico y, finalmente, que éste haya sido consecuencia de aquella infracción.

Si falta alguno de éstos elementos por más desgraciado que haya sido el accidente de tránsito, no habrá responsabilidad penal.

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