POR POCO LA MATA

POR POCO LA MATA: La golpeo , le fracturo un tobillo y la amenazó con una cuchilla , le dieron un año de prisión en suspenso

General Pico: La Jueza de Control...
lunes, 21 de mayo de 2018 · 21:00


Sustituta de la Audiencia de Juicio, María Jimena Cardoso condenó hoy a un  hombre de 21 años por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la que mantuvo una relación de pareja, lesiones culposas y amenazas agravadas por el uso de arma” a un año de prisión de ejecución condicional.
También le impuso  al condenado las siguientes reglas de conducta, que deberá cumplir por el termino de dos años: fijar residencia y someterse al contralor de la Unidad de Abordaje del Ente de Políticas Socializadoras; prohibición genérica de acercamiento a la víctima y sus domicilios y a cualquier lugar en que ella se encuentre; y prohibición de mantener contacto por cualquier medio: someterse a un tratamiento psicológico que incluya en su abordaje la perspectiva de género, destinado a que no vuelva a incurrir en comportamientos violentos como los que son objeto del delito por el que aquí se lo condena; debiendo acreditar su realización . Por último la magistrada ordenó hacer saber al imputado que lo ordenado en el fallo lo es bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena.  
La audiencia de Debate se realizó el 14 del corriente mes, con la actuación unipersonal de la Jueza Cardoso, la   fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor oficial Guillermo Costantino. 
El hecho debatido tuvo lugar el día 29 de mayo de 2016, a la salida de un local bailable. El imputado y la damnificada eran novios y mientras se dirigían caminando con dirección al domicilio del imputado,  éste con la palma de la mano, le aplicó un golpe en el ojo a su novia lo que le provocó un hematoma en la ceja izquierda; luego de caminar unos metros la golpeó también con la palma de la mano en la nariz provocándole sangrado; y posteriormente la empujó fuertemente apoyando las dos manos sobre sus hombros, producto de lo cual ella realizó un movimiento de rotación con el pie que le provocó un esguince y fractura del tobillo derecho. Una vez en el domicilio de éste, tomó una cuchilla y la amenazó.

Respecto al uso de arma, Cardoso expone que “en relación al hecho ocurrido en el interior del domicilio del imputado, las expresiones serias, graves e injustas dirigidas a la víctima y la acreditada utilización de una cuchilla que apoyó sobre su frente, resultaron idóneas para causar un gran temor” en la víctima.

La magistrada considero apropiado señalar que,” de acuerdo a lo acontecido en la audiencia de juicio y al resto del material incorporado, surge claramente que la damnificada ha sido víctima de violencia contra la mujer”.

En cuanto al monto de la pena a imponer, Cardoso manifiesta  que el límite máximo para la jurisdicción es el solicitado por el Fiscal y habiendo pedido la representante del Ministerio Público Fiscal  que se le aplique el mínimo de la pena prevista para el concurso de delitos por el que se lo condena, corresponde  en consecuencia, imponerle a al imputado  la pena solicitada de un año de prisión.

Por otra parte, el imputado no registra antecedentes y la pena impuesta permite que sea dejada en suspenso según lo establecido el artículo 26 del Código Penal.

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