General Pico: Conducía borracho, no puso luz de giró y provocó un grave accidente

Mediante un acuerdo de juicio abreviado...
martes, 19 de marzo de 2019 · 18:07

Mediante un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico en su calidad de subrogante de la audiencia de juicio, Diego Ambrogetti, condenó hoy a César Osvaldo Gomez, de 35 años,  como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves culposas agravadas por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo con motor; a la pena de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el termino de tres años.

El acuerdo fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky, el  defensor oficial  Guillermo Costantino y el imputado, quien reconoció su responsabilidad. El damnificado, al ser informado sobre los alcances del acuerdo prestó su conformidad.

El accidente ocurrió el 7 de octubre de 2017, cuando el imputado circulaba alcoholizado (1.15 g/l) en su automóvil,  por calle 13 de esta ciudad. En la intersección con calle 44 dobló hacia el norte sin colocar luz de giro y sin observar con suficiente antelación una motocicleta que circulaba por calle 13 en sentido contrario (Este a Oeste). Colisionó a la misma, lo que hizo perder el control de la motocicleta a su tripulante,  arrojándolo a la cinta asfáltica. Como consecuencia de la colisión,  el conductor de la motocicleta sufrió fractura de tibia y peroné expuesta, siendo operado en dos oportunidades durante su internación, demandando una internación en el hospital local de 40 días, según lo certificado por el médico forense.

Ambrogetti expresó en el fallo que “la agravante se da ya que las lesiones se cometieron mediante la conducción imprudente, negligente, inexperta y antirreglamentaria de un vehículo automotor  (…) .Corresponde, además, dejar expresamente aclarado que la agravante que prevé el art. 94 bis segundo párrafo del C.P. invocado por las partes en el acuerdo, se encuentra configurada ya que el acusado condujo su vehículo -y así se hallaba al momento de su detención por parte de personal policial- con un nivel de alcohol en sangre superior a un gramo por litro de sangre. Circunstancia expresamente prevista en dicha norma.”

El magistrado agregó que “con la decisión acordada por las partes se garantiza una respuesta judicial rápida y efectiva, dado que aún en el hipotético caso de finalizarse el proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería, (…) sería similar o idéntica a la acordada por las partes. Todas estas cuestiones, sumadas a razones de celeridad y economía procesal para una solución rápida y definitiva de este conflicto, aconsejan el dictado de esta sentencia, para el caso, tal como se ha solicitado por las partes.”

 

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