Nuevo proyecto de Ley de creación del Registro Nacional de personas vacunadas contra la COVID-19 en la Argentina

Por medio...
domingo, 21 de febrero de 2021 · 10:58

Por medio de Juan Marcos Grotto presentaron el nuevo proyecto de Ley de creación del Registro Nacional de personas vacunadas contra la COVID-19 en la Argentina: 

Artículo 1°: Creación. Créase el Registro Nacional de Personas Vacunadas contra la
COVID-19, el cual funcionará en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.

Artículo 2°: Definición. A los efectos de la presente ley, se considera persona vacunada
contra la COVID-19, a quienes han recibido la vacuna contra la COVID-19 dentro del
territorio de la República Argentina.

Artículo 3°: Funciones. El Registro Nacional de Personas Vacunadas contra la COVID-19
desempeñará las siguientes actuaciones:

1) Instrumentar un listado completo y actualizado de las personas que recibieron la vacuna
contra la COVID-19, en la República Argentina, con los datos indicados en el artículo 4° de
la presente ley.

2) Publicar en la página web del Ministerio de Salud de la Nación, con acceso libre y
gratuito, el listado completo y actualizado que consta en el Registro Nacional de Personas
Vacunadas contra la COVID-19.

Artículo 4°: Datos. El Registro Nacional de Personas Vacunadas contra la COVID-19 en la
República Argentina incluirá los siguientes datos: nombre, tipo y número de documento
nacional de identidad, actividad, edad, comorbilidades, número de dosis, fecha y lugar de
vacunación.

Artículo 5°: Sanciones. Los funcionarios y las funcionarias que incumplan la presente ley,
responderán ante las previsiones establecidas por el Código Penal de la Nación.

Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

A la crisis sanitaria se le suma la crisis social y política. El descreimiento que ha generado
el desconocimiento sobre el efectivo cumplimiento de los criterios adoptados por el Poder
Ejecutivo Nacional, para avanzar en la vacunación contra la COVID-19; hace que sea
fundamental que la sociedad argentina cuente con toda la información.

De esta manera, los argentinos y las argentinas, podremos saber si se respeta el orden de
prioridades establecido en el PLAN ESTRATÉGICO PARA LA VACUNACIÓN
CONTRA LA COVID-19 EN LA REPÚBLICA ARGENTINA. (Resolución 2883/2020
del Ministerio de Salud de la Nación. RESOL-2020-2883-APN-MS. 29/12/2020)

Asimismo, cabe recordar que uno de los elementos esenciales de toda República, es la
publicidad de los actos de Gobierno.

La información debe estar al alcance de toda la sociedad argentina, de manera sencilla,
actualizada y gratuita.

La comunicación sobre el efectivo cumplimiento del orden de prioridades establecido para
vacunar contra la COVID-19 a la población objetivo, representará un papel clave para
inspirar y mantener la confianza de la población, en las instituciones de la Nación.

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