GENERAL PICO: Empleado de la Justicia que debía cuidar a su nene discapacitado denunció que fue despedido

Un empleado que trabajaba...
martes, 12 de noviembre de 2019 · 12:05

Un empleado que trabajaba en la Defensoría Civil 1, de General Pico, denunció públicamente que fue despedido sin causa justa. “El despido fue abusivo, arbitrario y sin fundamento”, según lo consideró su abogado, Darío D. Gross. “Además, tiene un marcado sesgo discriminatorio porque lo echaron pese a que tuvo inasistencias médicas justificadas por por atención de su hijo con discapacidad”, contó en una nota enviada a los colegas de Textual.

El despido, en rigor, fue avalado por diferencias instancias: por la defensora Manuela Rosales, el defensor general Eduardo Aguirre, el procurador general Mario Bongianino y, finalmente, a través de la Resolución 295/19, por los jueces del Superior Tribunal de Justicia, Fabricio Losi, José Sappa y Eduardo Fernández Mendía. Pero para su abogado, se excedieron y violaron convenciones internacionales.
 

“Hay unos escuetos argumentos expresados por el Ministerio Público, específicamente la doctora Manuela Rosales, de quien depende el empleado. Esa medida fue refrendada por el defensor general y el procurador. Esos escuetos argumentos los toma el STJ en la redacción de esa resolución y, al no poder fundar la misma, hay una evidente violación de derechos constituciones y supranacionales, como es gozar de licencia médica por atención de hijo”, dijo Gross. “Es por ello que, en el mencionado acto administrativo, fundamentan la cesación del trabajador en una superficial evaluación, de la cual nunca tuvo conocimiento el empleado y en el que manifiesta la doctora Rosales que el dependiente ‘desciende en el desempeño’, lo que es totalmente falso, debido a que desde el primer día de ingreso a la Defensoría se le asigna un listado y documentación de  juicios complejos y atrasados que tenían para iniciar desde hacía 2 o 3 años en esa dependencia”.

“Además de eso, a los tres meses de su ingreso a la Defensoría, Rosales hace un detalle manuscrito -de su puño y letra- de Distribución de Tareas, y en el caso de éste empleado, le fijan igual magnitud y complejidad de trabajo que las empleadas con más de 20 años de antigüedad y de mayor jerarquía en la Defensoría, lo que denota la idoneidad del mismo”, dijo. “Asimismo dicho trabajador cumplió íntegramente la totalidad de las tareas asignadas. Es por ello que el argumento de la Resolución, es completamente falso y es al solo efecto de poder fundamentar un despido abusivo, arbitrario y discriminador”.

“También debe decirse -agregó- que la evaluación de los primeros 6 meses fue favorable y ésta segunda evaluación de los 6 meses posteriores, que comprende específicamente el período que va desde el 21/05/19 al 21/11/19, durante el cual la Defensora Dra. Manuela Rosales faltó al trabajo desde abril hasta agosto de 2.019 y siendo que la planilla evaluatoria es confeccionada el 04/10/19, por lo que sólo se vieron entre la Jefa y el empleado, un mes –septiembre- y 4 días de octubre”.

“Irónicamente sucede esto en la Defensoría Civil, donde ‘teóricamente’ se deberían defender los derechos de las personas”, lanzó.
 

¿En qué se basó la Justicia para despedirlo? “La secretaria gremial del SiTraJ, Susana Funes, pudo acceder al legajo del empleado despedido y ahí encuentra parte del que pareciera el fundamento real de este despido arbitrario: debido a que el empleado registró algunas inasistencias médicas justificadas por asistir a su hijo con discapacidad. Tal es así que en una nota agregada. junto con la última evaluación, la doctora Rosales menciona dichas inasistencias como justificativo para el cese en el trabajo de dicho empleado. Es por ello que no consta en la Resolución 295/19 del despido, porque es un reprochable acto de discriminación al trabajador en particular, violando convenciones internacionales”, dijo.

Advirtió, finalmente, que en caso de que no se revierta el despido hará una denuncia penal.

 

8
6
35%
Satisfacción
0%
Esperanza
25%
Bronca
3%
Tristeza
17%
Incertidumbre
17%
Indiferencia

Comentarios