GENERAL PICO: Le robaron 40 mil pesos con un arma de juguete

La jueza de...
viernes, 27 de noviembre de 2020 · 17:47

 

La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso,  declaró la responsabilidad penal a un menor de 17 años y condenó a Enzo Sebastián Feu, de 22 años, por el delito de “robo agravado por el uso de arma de utilería” a la pena de  tres años de prisión de ejecución condicional.

También ordenó a Enzo Feu la indemnización del daño causado a la víctima por la suma total de cuarenta mil pesos  y le impuso como reglas de conducta, por el término de dos años: fijar domicilio del cual no podrá ausentarse prolongadamente sin previo aviso al Juez de Ejecución Penal; concurrir mensualmente a firmar a la sede del Juzgado de Ejecución Penal y abstenerse de mantener contacto personal o mediante cualquier medio tecnológico con el damnificado.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Damián Campos, el defensor de ambos imputados, Walter Vaccaro y los imputados. El damnificado del hecho, al ser informado sobre la vía procedimental elegida, prestó su conformidad.

Con las pruebas aportadas en la causa, quedó demostrado que el 5  de octubre de este año, Enzo Sebastián Feu, junto al menor de 17 años, abordaron al damnificado, en momentos en que este salía de un local comercial de esta ciudad y subía a su vehículo que se encontraba estacionado sobre la calle 28 y la intersección con calle 25. Mientras uno abría la puerta del conductor, el otro, sacó de entre sus prendas un arma de fuego- que resultó ser de utilería-, y apuntándole al cuerpo logró sustraer la suma aproximada de cuarenta mil pesos  y documentos de identificación de la víctima. Tras ello los imputados emprendieron la fuga en una motocicleta y fueron visualizados por dos ciudadanos que procedieron a seguirlos. En ese momento, el acompañante de la motocicleta, se dio vuelta y sacó de entre sus prendas de vestir el  arma, con la cual los intimidó.

La magistrada agregó en el fallo que “el desapoderamiento ilegítimo efectuado al damnificado tuvo lugar con posterioridad a la exhibición de un arma de fuego que se constató que se trataba de una réplica de una pistola 9 mm, de aire comprimido, y si bien la víctima no corrió un riesgo real, esta no conocía dicha circunstancia y por ello es que dicho medio comisivo acrecentó la intimidación favoreciendo al éxito del delito”.

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