Los magistrados a favor de iniciar los juicios por jurados-Mira

"Siempre la decisión de un grupo de personas tiene más posibilidades de acercarse a lo que es justo que a la decisión de una o tres personas"
martes, 10 de septiembre de 2019 · 07:08

El juez Néstor Daniel Ralli se mostró a favor de la implementación de juicios por jurado en la provincia de La Pampa y afirmó que el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial está dispuesto a colaborar si se decide avanzar en ese sentido. «Siempre la decisión de un grupo de personas tiene más posibilidades de acercarse a lo que es justo que a la decisión de una o tres personas», consideró
La Corte Suprema de Justicia confirmó meses atrás a través de un fallo que es constitucional que las provincias establezcan el juicio por jurados para juzgar los delitos cometidos en su jurisdicción. El máximo órgano judicial intervino en la causa CSJ 461/2016/RH1 «Canales, Mariano Eduardo y otro s/homicidio agravado», donde se les impuso a Alex Mauricio Obreque Varas y Alexis Gabriel Castillo la pena de prisión perpetua como consecuencia del veredicto de un jurado en la provincia de Neuquén, que los encontró culpables del delito de homicidio agravado por su comisión con armas de fuego y con el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en perjuicio de Edgardo Daniel Arias.
Esta decisión fue confirmada por el Tribunal de Impugnación y luego, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Neuquén. Los recurrentes interpusieron un recurso extraordinario que fue denegado y presentaron una queja ante la Corte Suprema de Justicia. En su recurso, plantearon que la ley Nº 2784 de la provincia de Neuquén que estableció el juicio por jurados sería inconstitucional porque invadía la competencia exclusiva del Congreso Nacional para regular en esta materia y porque, al no exigir que el veredicto de culpabilidad fuera unánime, violaba los principios constitucionales de igualdad y de inocencia.
Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, con el voto conjunto de los ministros Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti y el voto concurrente del ministro Horacio Rosatti, rechazó el planteo de los recurrentes y confirmó la constitucionalidad de la ley provincial. El juez Carlos Rosenkrantz, en disidencia, desestimó la queja.

En La Pampa.
«Me parecería bárbaro», indicó el presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de La Pampa, Néstor Daniel Ralli, ante la consulta de LA ARENA sobre la implementación de los juicios por jurados en la provincia.
El juez recordó que en La Pampa tenemos e Código Procesal Penal y recordó que una Comisión presentó un proyecto para ajustarlo. «Un próximo paso podría ser los juicios por jurados», afirmó.
A su vez, Ralli remarcó que personalmente es «muy partidario» de la implementación de esta modalidad debido a que «la decisión de un grupo de personas tienen más posibilidades de acercarse a lo que es justo que la decisión de una o tres personas».
En ese sentido, explicó que hay dos cuestiones fundamentales que influyen en la decisión durante un juicio: los hechos y las pruebas, y la aplicación del derecho para ver si corresponde la pena. En el caso de la implementación de un juicio por jurados, consideró que los ciudadanos no necesariamente deben estar formados en derecho debido a que «lo único que necesitás es presenciar la audiencia, conocer los hechos y las pruebas» y, en base a eso, tomar una decisión.

Borrador.
Ralli destacó que la modalidad «está funcionando bien en las provincias» y que en su implementación en La Pampa «es una cuestión legislativa» que debería tratarse en la Cámara de Diputados.
En ese sentido, consideró que debería tener ciertos «límites» porque sería «imposible para todos los delitos» y que «habría que acotarlo para los delitos graves», como por ejemplo en aquellos casos donde las condenas superan los 20 años.
Ralli anticipó que posee «un borrador de proyecto de lo que podrían ser los juicios por jurado» y destacó que el Colegio de Magistrados está dispuesto a colaborar en lo que se necesite para su posible tratamiento. El bosquejo se realizó en base a un proyecto de la Asociación Argentina de Juicios por Jurado, que Ralli adaptó a la realidad pampeana.

Previsto en el Código.

Por otra parte, el juez recordó que los juicios por jurado están previstos en el artículo 1 del Código Penal «para cuando se implemente por ley». De todas maneras, enfatizó en que debería estar acotado a determinados casos para que, por la cantidad de juicios, «no sea una molestia para la población».
«En algún momento se va a dar, estamos dispuestos a prestar apoyo. Los límites son por una cuestión práctica, no podés molestar todos los días a la gente», agregó.
De todas maneras, resaltó que en la implementación en otras provincias la predisposición de la ciudadanía «es excelente» y que las decisiones adoptadas por los jurados «no difieren de lo que decide un juez»
«Es totalmente positivo, la gente ha quedado conforme por participar», continuó y señaló que «la sociedad se interesa mucho en general» porque «son temas que le preocupan. A la sociedad le interesaría estar ahí, poder decidir y que no quede en manos de una persona».

Con vigencia en tres provincias
Los juicios por jurado se encuentran vigente en tres provincias del país. Según la información que brinda en su página web la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, las provincias de Buenos Aires, Neuquén y Córdoba tienen establecido por ley la modalidad, con «modelos clásicos» en las dos primeras y el escabinado en la última. De todas maneras, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba dictó la Acordada Nº 260 Serie A en mayo del 2017 «que prácticamente ha convertido al jurado escabinado cordobés en un modelo casi clásico» donde «los jurados deben deliberar solos, sin que estén los dos jueces profesionales en el recinto hasta llegar a un veredicto. Deben recibir instrucciones legales y debe haber una audiencia de voir dire para seleccionar al jurado», informó la Asociación.
Por otra parte, la ley se encuentra aprobada en Chaco, Mendoza, Río Negro, San Juan y cuenta con media sanción en Santa Fe. Por otra parte, hasta el momento el resto del país aún no cuenta con una legislación que establezca la implementación de los Juicios por Jurado.

Fuente y foto: La Arena

 

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